Santa Fe
La Justicia sobreseyó por ininputabilidad al menor acusado del crimen en la Escuela Normal de San Cristóbal
El juez penal José Boaglio dictó la resolución al aplicar la norma vigente al momento del ataque ocurrido en marzo. La reciente reforma que bajó la edad de imputabilidad a 14 años no pudo aplicarse de forma retroactiva. El Estado mantendrá medidas tutelares y de resguardo.

A casi siete meses de la tragedia que conmocionó a la comunidad educativa de la provincia de Santa Fe, la Justicia penal resolvió sobreseer a G. C., el adolescente que tenía 15 años cuando atacó a balazos a su compañero Ian Cabrera, de 13, en el interior de la Escuela Normal N.º 40 Mariano Moreno de la ciudad de San Cristóbal.
La resolución fue dictada por el juez penal José Boaglio tras hacer lugar al planteo presentado por los abogados defensores del menor, Mariana Oroño y Federico Kiener. Si bien el magistrado determinó la autoría material del hecho en cabeza del imputado, declaró la imposibilidad jurídica de aplicarle una sanción o condena penal debido a su ininputabilidad al momento del ataque.
Las razones legales del fallo y la imposibilidad de aplicar la ley retroactiva
El pilar jurídico de la decisión radica en la aplicación irrestricta del principio de legalidad y la irretroactividad de la ley penal más gravosa, garantizados por la Constitución Nacional y los tratados internacionales de derechos humanos.
Cuando ocurrió el tiroteo en marzo de 2026, la legislación penal argentina fijaba el límite inferior de imputabilidad en los 16 años. Aunque con posterioridad el Congreso de la Nación sancionó la reforma del régimen penal juvenil que redujo la escala de punibilidad a los 14 años, dicha norma no puede retrotraerse para juzgar hechos cometidos con anterioridad a su promulgación en perjuicio del acusado.
De esta manera, la causa penal queda definitivamente cerrada en lo que respecta a la persecución punitiva del Estado contra el joven.
Acompañamiento estatal y tutela asistencial
El sobreseimiento de la órbita penal no implica un desentendimiento absoluto por parte del sistema público. En su escrito, el juez Boaglio dispuso que continúen de forma estricta las medidas de protección, seguimiento psicológico, resguardo y asistencia interdisciplinaria a cargo de los organismos de niñez y desarrollo social de la provincia de Santa Fe.
Estas intervenciones administrativas y tutelares buscan garantizar el monitoreo del joven y prevenir nuevos escenarios de riesgo, manteniéndose vigentes de forma independiente del proceso judicial clausurado.
Subculturas digitales y la sombra de la red "764"
El caso de la Escuela Normal N.º 40 no solo reabrió el debate sobre la violencia en las aulas y la legislación penal juvenil, sino que encendió las alarmas de las fuerzas de seguridad e inteligencia por sus derivaciones tecnológicas.
Durante la investigación posterior al ataque de marzo, los peritajes informáticos revelaron la vinculación del menor con comunidades virtuales violentas englobadas en la denominada True Crime Community (TCC) y, en particular, con la red extremista internacional conocida como "764". Esta última es una cibergrupo radicalizado señalado en diversos países por incitar a adolescentes a realizar autolesiones, actos de crueldad contra animales, extorsiones digitales y perpetrar ataques masivos contra instituciones educativas.
La preocupación por la proliferación de estos fenómenos digitales no se extinguió con los meses. Recientemente, autoridades provinciales debieron desplegar operativos preventivos y secuestrar un arma de fuego tras detectar amenazas cruzadas en redes sociales vinculadas a otro establecimiento escolar santafesino, lo que mantiene en alerta a la comunidad educativa y a las fuerzas policiales.





