Empleada doméstica: cuánto cobra en octubre con el bono

El sueldo de una empleada doméstica se elevó en septiembre un 8% gracias al acuerdo de paritarias que se alcanzó en julio a través de la Comisión Nacional de Trabajo para el Personal de Casas Particulares (CNTCP). Este incremento se verá reflejado en el cobro del mes de octubre, a lo que se sumará la segunda cuota del bono.
Esta suba forma parte de un total del 36%, que se distribuyó en los meses de julio, agosto y septiembre.
De esta manera, las trabajadoras de este sector experimentaron un aumento del 20% en julio (que se abonó en agosto), un incremento del 8% en agosto (reflejado en el salario de septiembre) y un 8% adicional para septiembre (que se recibirá en octubre).
En los primeros meses del año, el sector registró aumentos del 16% en el primer trimestre (enero-febrero-marzo), a los cuales se sumó un incremento adicional del 27% en el segundo trimestre (abril-mayo-junio), resultando en un aumento acumulado del 43%.
Sueldo de octubre: cuánto cobra una empleada doméstica por hora y por mes
Con el aumento del 8% de septiembre, que impacta en octubre, las empleadas domésticas cobrarán los siguientes montos:
Supervisores con retiro: $1.274,32 por hora y $159.073,76 por mes.
Supervisores sin retiro: $1.444,32 por hora y $177.190,32 por mes.
Personal para tareas específicas con retiro: $1.206,32 por hora y $147.788,48 por mes.
Personal para tareas específicas sin retiro: $1.321,92 por hora y $164.513,76 por mes.
Caseros: $1.138,32 por mes y $144.191,28 por hora.
Asistencia y cuidado de personas con retiro: $1.136,96 por hora y $144.191,28 por mes.
Asistencia y cuidado de personas sin retiro: $1.274,32 por hora y $160.685,36 por mes.
Personal para tareas generales con retiro: $1.055,36 por hora y $129.669,2 por mes.
Personal para tareas generales sin retiro: $1.138,32 por hora y $144.191,28 por mes.
Empleada doméstica: cuánto cobran por el bono
Con respecto al bono anunciado por el Gobierno nacional, les corresponde $25.000 en 2 cuotas mensuales de $12.500 cada una si trabajaron 192 horas mensuales. En el caso de trabajar menos, recibirán la suma en forma proporcional a las horas efectivamente prestadas.
Por lo tanto, para obtener la proporción en los casos de trabajar menos horas al mes, el empleador deberá dividir los $12.500 por 48 horas semanales y multiplicarlo por las horas efectivamente trabajadas durante la semana.
En el caso de que trabaje 16 horas semanales (ocho horas dos veces por semana) que equivalen a 64 horas mensuales (16 horas x 4 semanas que tiene el mes) el monto a pagar será de $4.166, es decir, $12.500 dividido 48 por 16. Esto significa que, por cada hora trabajada por mes, el empleado cobrará $260,41 adicionales.
En cuanto a la primera cuota, que es por el sueldo de agosto, se debió haber abonado antes del 21 de septiembre.
Respecto a la segunda cuota, correspondiente a septiembre, deberá ser abonada en los plazos legales, es decir:
Al personal mensualizado, dentro del cuarto día hábil del vencimiento de cada mes calendario;
Al personal remunerado a jornal o por hora, al finalizar cada jornada o cada semana según fuera convenido.





