Un riesgo directo para la salud y los consumidores
ANMAT prohibió la lavandina "656 Profesional" en todo el país y ordenó darla de baja en sitios de venta online
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dictó la prohibición preventiva e inmediata para la elaboración, comercialización, distribución, publicidad y uso de todos los lotes de la lavandina de la marca "656 Profesional".

La restricción rige en todo el territorio argentino y abarca de manera directa a las plataformas de comercio electrónico y redes sociales.
La resolución quedó formalizada mediante la Disposición 6539/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial de la República Argentina, tras constatarse que el producto operaba completamente al margen de los marcos regulatorios sanitarios vigentes.
Sin registros ni responsable legal: el origen de la investigación
El procedimiento se desencadenó a partir de una denuncia y consulta particular recibida por la autoridad reguladora respecto a la venta en el mercado de un producto etiquetado como “AGUA LAVANDINA. 656 Profesional. CONCENTRADA AL 60%”.
Frente a la alerta, la ANMAT constató a través de sus bases de datos que el desinfectante no poseía número de registro nacional de producto domisanitario. Para profundizar la investigación, se le dio intervención a la autoridad sanitaria de la provincia de Buenos Aires, la cual confirmó de manera oficial que el artículo tampoco contaba con habilitación o inscripción dentro de esa jurisdicción.
En un intento por establecer la trazabilidad y fiscalizar las condiciones de producción, la ANMAT envió una notificación por correo postal a la firma presuntamente responsable de la marca, utilizando la dirección física expuesta en sus canales de difusión digitales. Sin embargo, el correo no obtuvo respuesta y la empresa no pudo ser localizada ni fiscalizada.
Un riesgo directo para la salud y los consumidores
Al no poder identificarse un establecimiento elaborador habilitado ni garantizarse los controles de calidad indispensables para la manipulación de sustancias químicas de uso doméstico e industrial, el organismo regulador resolvió vetar la marca para resguardar a los usuarios.
Los productos domisanitarios —como desinfectantes, lavandinas y limpiadores— están obligados a contar con habilitaciones de establecimiento y certificaciones de producto. Estas garantías aseguran que la concentración de cloro activo sea la declarada, que el envase garantice la hermeticidad adecuada y que el uso no exponga a los ciudadanos a vapores tóxicos, quemaduras en la piel o ineficacia desinfectante.
"Al tratarse de un producto del que se desconocen las condiciones de elaboración y que carece de registros, no es posible garantizar su inocuidad, eficacia ni la seguridad para los potenciales compradores", fundamentó el organismo estatal en los considerandos de la medida.
Los alcances de la medida dictada por ANMAT
En su artículo 1°, la Disposición 6539/2026 establece expresamente:
“Prohíbese la elaboración, uso, comercialización, distribución y publicidad, en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica, de todos los lotes del producto ‘AGUA LAVANDINA, marca: 656 PROFESIONAL’, hasta tanto cuente con los correspondientes registros sanitarios.”
La prohibición posee carácter por tiempo indeterminado y se mantendrá firme hasta que la firma elabore un proceso de regularización formal ante el Estado nacional. Asimismo, el organismo notificó a las principales plataformas de e-commerce y redes sociales para que procedan al retiro de las publicaciones activas que ofrezcan este producto.





