Condena al Colegio Cristo Rey
Alumna estuvo 78 días internada por un experimento de química fallido y la escuela deberán indemnizarla
La alumna tenía 17 años cuando sufrió graves quemaduras en una clase de química. Pasó 33 veces por el quirófano y quedó con secuelas permanentes. La Justicia de Córdoba condenó al colegio.

La Justicia de Córdoba condenó al Colegio Cristo Rey, ubicado en barrio General Bustos de la capital provincial, a indemnizar a una alumna que sufrió quemaduras de extrema gravedad durante un experimento escolar. El accidente ocurrió en septiembre de 2022, cuando la adolescente tenía 17 años y participaba de una práctica de química junto a sus compañeros.
La adolescente permaneció 78 días internada en terapia intensiva y debió atravesar un extenso proceso de recuperación, con 33 intervenciones quirúrgicas. Como consecuencia de las lesiones, quedó con una incapacidad psicofísica permanente y definitiva.
El fallo fue dictado por el Juzgado en lo Civil y Comercial de 51° Nominación, a cargo del juez Gustavo A. Massano, quien determinó que el establecimiento educativo incumplió sus obligaciones de seguridad y cuidado. Tanto la institución como la compañía aseguradora habían intentado deslindar responsabilidades, pero sus argumentos fueron rechazados.
Cómo fue el experimento
El accidente ocurrió durante una práctica conocida como “la serpiente del faraón”, un experimento que busca generar una estructura carbonosa negra con forma de serpiente mediante una reacción química que involucra elementos inflamables.
Durante el desarrollo de la actividad, una compañera agregó alcohol a una mezcla y se produjo una deflagración que generó una expansión de fuego. Las llamas alcanzaron directamente a la adolescente y le provocaron lesiones de extrema gravedad en distintas partes del cuerpo.
La joven debió someterse a numerosas intervenciones, entre ellas limpiezas, ablaciones y autoinjertos de piel. Tras permanecer internada durante más de dos meses y medio, recibió el alta hospitalaria a fines de noviembre de 2022. Sin embargo, las consecuencias del accidente dejaron secuelas permanentes.
Por qué condenaron al colegio
Durante el proceso judicial, la institución educativa argumentó que el episodio había sido provocado por la conducta imprudente de otra estudiante. La aseguradora, por su parte, sostuvo que se había tratado de un hecho imprevisible o inevitable y que debía considerarse un caso fortuito.
El juez Massano desestimó ambas defensas. Según explicó, los alumnos no pueden ser considerados terceros ajenos al establecimiento, ya que están comprendidos dentro del deber de custodia y protección que debe garantizar la escuela durante las actividades educativas.
El magistrado encuadró el caso en el régimen de responsabilidad objetiva previsto por el artículo 1767 del Código Civil y Comercial de la Nación. También consideró que la relación entre el establecimiento y sus estudiantes puede analizarse bajo las normas de protección al consumidor, dado que el colegio presta un servicio educativo.
En ese sentido, remarcó que la manipulación de fuego y alcohol constituye una actividad riesgosa y que las conductas imprudentes de los adolescentes forman parte de las situaciones que las autoridades escolares deben prever.
Las fallas de seguridad que detectó la Justicia
Uno de los puntos centrales de la resolución fue la falta de condiciones adecuadas para realizar el experimento. La pericia técnica en higiene y seguridad y las demás pruebas de la causa demostraron que el laboratorio no contaba con los elementos básicos de protección personal ni con las medidas necesarias para prevenir accidentes.
Además, el establecimiento no habría aplicado correctamente las pautas establecidas en su propio manual de seguridad para el laboratorio.
El juez también cuestionó la supervisión de los estudiantes durante la práctica. Una sola docente estaba a cargo de varios grupos que realizaban simultáneamente experimentos con fuego, sin ayudantes de laboratorio ni un orden secuencial estricto que permitiera controlar cada procedimiento.
A esto se sumó la falta de una inspección previa de los recipientes de alcohol que habían llevado los propios alumnos.
Para el magistrado, estas deficiencias evidenciaron que la institución no adoptó las medidas necesarias para evitar un accidente de semejante gravedad.
La sentencia determinó la responsabilidad del colegio por los daños sufridos por la joven y la obligación de indemnizarla. El caso vuelve a poner el foco en las condiciones de seguridad que deben garantizar las escuelas, especialmente cuando las actividades prácticas involucran fuego, sustancias inflamables u otros elementos potencialmente peligrosos.





