CatamarcaYa

martes 15 de septiembre de 2026

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Pérdida de los Derechos Adquiridos con el Retiro Voluntario:

Quedó dormido y se estrelló frente a la Virgen del Valle

Carta al Director:

Perdida de los Derechos Adquiridos con el Retiro Voluntario:

1° edad al 31/12/2023: 45 años mujeres y 50 años hombres.

2° establece una "prestación pecuniaria", es proporcional a la remuneración bruta.

3° 50 x ciento en algunos adicionales ( agencia de recaudación).

4° la "prestación pecunaria" son 12 pagos mensuales al año, no tiene aguinaldo.

5° porcentajes de pago:
A) hasta 5 años= 80%
? hasta 7 años= 75 %
C) hasta 10 años=70%
D) hasta 15 años =65%
Se toma como base lo percibido por el trabajador en el mes de Enero/2024 y se incorporan solo los "incrementos remunerativos", no incluye Bonos y y tampoco sumas no remunerativas.

6° La actualización de la "prestación pecunaria" solo es sobre los incrementos remunerativos.

7° no hay pagos de licencias ( se deben utilizar antes del Retiro).

8° Aportes jubilatorios, a la AGAP, y obra social serán sobre el equivalente al 100 x ciento de la remuneración del personal en actividad.

9°el aporte jubilatorio, que va al ANSES, se hará sobre el total de la "prestación pecunaria".
Se garantiza el pago del 82 x ciento sobre la prestacion pecunaria (AGAP).

Conclusión:Mi opinión es que se trata de un Régimen muy desfavorable para el trabajador que se adhiera, fundamentalmente por la composición de la "prestación pecunaria" y por otro lado para su futura jubilación, ya solo se garantiza el 82 x ciento de la "prestación pecunaria" que no es el "82 x ciento de un trabajador en actividad".

En definitiva se pierden los Derechos Adquiridos del Trabajador al adherirse al Retiro Voluntario.

Daniel E. Barrionuevo
14899029