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martes 15 de septiembre de 2026

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El salario mínimo subirá en ocho tramos y llegará a $437.000 en abril

Una persona sostiene varios billetes argentinos de diez mil pesos entre sus manos.
Billetes argentinos de diez mil pesos ante la suba salarial

El Gobierno nacional fijó nuevos valores para el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), que se actualizará en ocho tramos mensuales desde septiembre de 2026 hasta abril de 2027.

La medida fue oficializada mediante la Resolución 4/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, luego de que representantes sindicales y empleadores no lograran alcanzar un acuerdo durante la reunión del Consejo del Salario realizada el 28 de agosto.

Hasta agosto, el salario mínimo se ubicaba en $376.600 mensuales. Con el nuevo esquema, pasará a $383.800 en septiembre y llegará a $437.000 en abril de 2027, lo que representa una suba nominal de $60.400 durante ese período.

Cómo queda el salario mínimo mes a mes

- Septiembre 2026: $383.800 mensuales y $1.919 por hora.

- Octubre 2026: $391.200 mensuales y $1.956 por hora.

- Noviembre 2026: $398.800 mensuales y $1.994 por hora.

- Diciembre 2026: $406.400 mensuales y $2.032 por hora.

- Enero 2027: $414.200 mensuales y $2.071 por hora.

- Febrero 2027: $422.000 mensuales y $2.110 por hora.

- Marzo 2027: $429.600 mensuales y $2.148 por hora.

- Abril 2027: $437.000 mensuales y $2.185 por hora.

La actualización alcanza a los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo, el Régimen de Trabajo Agrario, la Administración Pública Nacional y las entidades y organismos del Estado Nacional que actúen como empleadores.

Según datos del Instituto Interdisciplinario de Economía Política (UBA-CONICET) citados en la información difundida, entre noviembre de 2023 y julio de 2026 el salario mínimo real acumuló una caída del 40,5% frente a la inflación.

La normativa también estableció nuevos parámetros para la prestación por desempleo, que será equivalente al 75% de la mejor remuneración mensual neta, normal y habitual percibida por el trabajador durante los seis meses anteriores al cese del vínculo laboral.

Además, se determinó que el beneficio no podrá ser inferior al 50% del Salario Mínimo, Vital y Móvil vigente ni superar el 100% de ese valor.

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