ARCA investiga las transferencias a partir de este monto en Junio

La Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), la ex AFIP, supervisa y pone la lupa sobre las transferencias bancarias y digitales realizadas a través de homebanking y billeteras virtuales a partir de un monto determinado.
Complementariamente, las entidades financieras y las plataformas de pago deben informar al organismo regulador sobre las transacciones, saldos y consumos de sus clientes.
De acuerdo a la normativa vigente, la actualización de los mencionados topes se realiza de manera automática cada seis meses, en función de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Al superar estos montos, podrían activarse las alertas de ARCA, la ex AFIP, que llevarían a un análisis más exhaustivo por parte del fisco nacional. Por lo tanto, conocer los montos es esencial para evitar inconvenientes y asegurar que las operaciones se ajusten a la normativa vigente.
ARCA: a partir de qué monto investiga las transferencias y transacciones en junio 2025
De acuerdo a la última actualización dada a conocer por ARCA, la ex AFIP, deben informarse los movimientos si superan montos determinados: consumos, ingresos y egresos por $600.000, ingresos o acreditaciones, depósitos, extracciones y saldos finales por $1.000.000 y transferencias solo para billeteras virtuales por 2.000.000 pesos.
Si bien esto no significa que no se podrán realizar operaciones que superen dichas sumas, se debe tener en cuenta que es la base a partir de la cual ARCA, la ex AFIP va a estar en alerta, y podrá solicitar a los contribuyentes la documentación respaldatoria que demuestre el origen de los fondos, para determinar de que se trata de actividades legítimas.
En efecto, se trata de un régimen de información que deben cumplir las entidades financieras, billeteras virtuales y plataformas.
A continuación, los montos límites que se deben respetar según ARCA, la ex AFIP:
$600.000:
Total de consumos con tarjetas de débito del país.
Ingresos o egresos totales en billeteras virtuales.
$1.000.000:
Total de acreditaciones bancarias registradas en el mes.
Total de depósitos a plazo constituidos en el mes.
Extracciones en efectivo en el país o en el exterior, por ventanilla, cajero automático o cualquier otro medio.
Saldo final en cuentas bancarias al último día hábil de cada mes.
Saldo final en billeteras virtuales al último día hábil de cada mes.
$2.000.000:
Aplicable solo para billeteras virtuales, en caso de transferencias bancarias o virtuales superiores a dicho monto.
Qué documentación requiere ARCA, la ex AFIP, para justificar una transferencia
En caso de que ARCA, la ex AFIP, o una entidad bancaria soliciten detalles sobre una transferencia, es importante contar con documentación que respalde la operación. Algunas de las formas más comunes de justificar el origen del dinero incluyen:
Recibos de sueldo o facturación en caso de trabajadores autónomos
Declaraciones juradas de impuestos que reflejen ingresos declarados
Contratos de venta o cesión de bienes que respalden la transacción
Extractos bancarios que evidencien el flujo habitual de fondos
Transacción: qué pasa si no puedo justificar la plata ante ARCA, la ex AFIP
Tanto los bancos como las billeteras virtuales están obligados a reportar movimientos sospechosos a la Unidad de Información Financiera (UIF). En caso de recibir grandes sumas de dinero, ARCA, la ex AFIP, puede solicitar justificativos del origen de los fondos.
Entre los documentos comunes utilizados para respaldar el origen de los fondos se incluyen:
las facturas de los últimos seis meses,
recibos de sueldo,
comprobantes de haberes jubilatorios,
certificados de ingresos emitidos por contadores públicos, entre otros.
En caso de no poder justificar de dónde provienen dichos fondos, es posible que se rechacen transferencias, se congelen saldos y se bloqueen cuentas. Por otra parte, ARCA, la ex AFIP puede iniciar una intimación para declarar el origen de los fondos.
En situaciones en las que no sea factible justificar total o parcialmente los fondos, el banco elabora un "Reporte de Operación Sospechosa" (ROS) y lo notifica a la Unidad de Información Financiera (UIF).





