Anmat prohibió una marca de milanesas de soja

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat), a través de una publicación realizada en el Boletín Oficial, prohibió “la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional” de “Milanesas de soja”, marca Mi Soja, por no cumplir con la normativa alimentaria vigente.
El organismo nacional encargado del control y fiscalización de los alimentos que se ofrecen a la venta, dispuso la medida a través de la Disposición 1228/2022, publicada en el Boletín Oficial “por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República”.
El producto“Milanesas de soja”, marca Mi Soja, ENV 241121, VEN 091221, lote 000538, Precocidas, peso 500 gr, Elaboración artesanal, Elaborado y fraccionado por Establecimiento “Las Gemelas”, Misiones 2519- Capilla del Monte- Córdoba, RNE 04003257, RNPA 04031205, que no cumple la normativa alimentaria vigente.
Las medidas se iniciaron a raíz de una inspección realizada por el Departamento de Control Sanitario de la Municipalidad de Godoy Cruz en el establecimiento Libertad S.A Hipermercado donde detectaron la comercialización del mencionado producto que en su lista de ingredientes no presenta la adecuada declaración de alérgenos.
A partir de ahí, el Departamento de Higiene de los Alimentos de la provincia de Mendoza realizó las Consultas Federales N° 7574 y 7575 en el Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA), a la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de la provincia de Córdoba a fin de verificar si los registros exhibidos en el rótulo se encontraban autorizados, la que informó que el RNE pertenecía a otra razón social dada de baja desde el 2014, y que el RNPA era existente pero se encontraba en estado no vigente.
La autoridad sanitaria de la provincia de Mendoza dispuso prohibir la tenencia, expendio y comercialización en todo el territorio provincial del producto investigado y de todos aquellos productos que exhibieran en su rótulo el RNE N° 04003257, asimismo solicitó a las Bromatologías Municipales de la provincia de Mendoza que en caso de detectar la comercialización del producto en su municipio, procediera al decomiso e inutilización del mismo informando a ese Departamento de las actuaciones realizadas.





