Carta al Director:
Perdida de los Derechos Adquiridos con el Retiro Voluntario:
1° edad al 31/12/2023: 45 años mujeres y 50 años hombres.
2° establece una "prestación pecuniaria", es proporcional a la remuneración bruta.
3° 50 x ciento en algunos adicionales ( agencia de recaudación).
4° la "prestación pecunaria" son 12 pagos mensuales al año, no tiene aguinaldo.
5° porcentajes de pago:
A) hasta 5 años= 80%
? hasta 7 años= 75 %
C) hasta 10 años=70%
D) hasta 15 años =65%
Se toma como base lo percibido por el trabajador en el mes de Enero/2024 y se incorporan solo los "incrementos remunerativos", no incluye Bonos y y tampoco sumas no remunerativas.
6° La actualización de la "prestación pecunaria" solo es sobre los incrementos remunerativos.
7° no hay pagos de licencias ( se deben utilizar antes del Retiro).
8° Aportes jubilatorios, a la AGAP, y obra social serán sobre el equivalente al 100 x ciento de la remuneración del personal en actividad.
9°el aporte jubilatorio, que va al ANSES, se hará sobre el total de la "prestación pecunaria".
Se garantiza el pago del 82 x ciento sobre la prestacion pecunaria (AGAP).
Conclusión:
Mi opinión es que se trata de un Régimen muy desfavorable para el trabajador que se adhiera, fundamentalmente por la composición de la "prestación pecunaria" y por otro lado para su futura jubilación, ya solo se garantiza el 82 x ciento de la "prestación pecunaria" que no es el "82 x ciento de un trabajador en actividad".
En definitiva se pierden los Derechos Adquiridos del Trabajador al adherirse al Retiro Voluntario.
Daniel E. Barrionuevo
14899029
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