Lunes 25
Mayo de 2026
286 Usuarios en Linea
Catamarca
Argentina
10 avisos en clasificados

Catamarca

Decretan Asueto el 05 de Julio ¿A quiénes corresponde?

03/07/2023 | 

Disminuye el tamaño del texto Disminuir Fuente   Aumenta el tamaño del texto Aumentar Fuente   Imprimir Noticia Imprimir   Enviar la noticia por e-mail Enviar   Comentar Noticia Comentar   Publicar en Facebook Publicar   Publicar en Twitter Publicar
Noticia leida 5413 veces

Referencia: “Día No Laborable” para todo el personal municipal el 05 de Julio del 2023, en conmemoración al 340° Aniversario de la fundación de la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca

 

VISTO:Que el día 05 de Julio del año en curso, se conmemora el 340° Aniversario de la Fundación de la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca; yCONSIDERANDO:Que conforme Ordenanza N° 6809/2017 sancionada por el Concejo Deliberante – Promulgada por Decreto S.G. N° 746/2017 – se instituye el día 05 de Julio de cada año como “Día No Laborable” en todo el ámbito de la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, con motivo de conmemorarse el Aniversario de su fundación.Que es deber del Estado Municipal, mantener viva la memoria de los acontecimientos transcendentales  del pasado.Que el hecho histórico de la Fundación de la Capital de la Provincia tiene entidad suficiente para disponer medidas de adhesión a los festejos que se llevarán a cabo.

 

Por ello, y atento a las facultades conferidas por el Art. 71º de la Carta Orgánica Municipal.EL INTENDENTE MUNICIPALDECRETA:ARTICULO 1°.- DISPÓNESE “Día No Laborable” para todo el personal municipal el 05 de Julio del 2023, en conmemoración al 340° Aniversario de la fundación de la Ciudad de San Fernando del  Valle de Catamarca, Lunes 3 de Julio de 2023DECTO-2023-1149-E-MUNICAT-INTSAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, CATAMARCA
conforme lo estipula la Ordenanza N° 6809/2017.-

 

ARTICULO 2°.- Las distintas dependencias de la comuna, deberán prever las guardias mínimas correspondientes a fin de que no se vean interrumpidos los servicios.

 

-ARTICULO 3°.- INVÍTASE a los Organismos Provinciales y Nacionales, Poder Judicial Provincial y Nacional, Entidades Bancarias y demás Entidades y/o  Organismos a adherirse a lo dispuesto en el artículo primero.-ARTICULO 4°.- COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Municipal y Archívese.

 



 
 
Todos los derechos reservados a
catamarcaya.com - catamarcaya.com.ar
Contacto directo:
catamarcaya@yahoo.com.ar
Sms directo:
383 154 377769

Diseñado por: Martin Lobato Carbel