04/02/2023 |
La Ley de Etiquetado Frontal fue sancionada en octubre del 2021 y a partir de el 20 de agosto del 2022, comenzó a ser obligatorio para las grandes empresas de la alimentación el uso de octógonos negros que “advierten” sobre nutrientes críticos en los productos comestibles que se venden en las góndolas de todo el país.
Sin embargo, todavía muchas gaseosas y alimentos ultraprocesados mantienen sus antiguas etiquetas. Consultamos a Ignacio Porras, nutricionista y director de la Fundación Sanar Nutrición sobre la implementación de la ley a más de un año de obtener sanción.
UN BREVE REPASO POR LA LEY DE ETIQUETADO FRONTAL
Es por eso que el Etiquetado Frontal obliga a las empresas a advertir a la población de forma evidente la presencia de excesos de (uno o más) nutrientes considerados “críticos” para la salud del organismo. Deben ubicar en la parte de adelante de sus productos rótulos negros, con forma hexagonal, que indiquen si ese “objeto comestible” tiene exceso de grasas saturadas, de calorías, de sodio, o si es alto en azúcares.
En nuestro país se estima que las niñas y niños ven en promedio unas 60 publicidades semanales, de las cuales 9 son sobre productos de baja calidad nutricional.
La Ley de Etiquetado Frontal busca regular este aparato de marketing poderosísimo que tienen las grandes empresas de alimentos, con sus packagings de colores estridentes, dibujos y personajes que cautivan a los más pequeños. Es por eso que prohíbe que estas características sean objeto de publicidad para niños, niñas y adolescentes en nuestro país.
Las marcas Mondelez-Kraft, PepsiCo Snacks, Arcor, Coca-Cola, Nestlé mostraron publicamente su oposición a la ley porque estos “sellos de advertencia” podrían alcanzar hasta el 100% de sus productos, inclusive a todos esos que se dicen “light”, “naturales” o “repletos de nutrientes”.
El Licenciado en Nutrición, Ignacio Porras, fue uno de los impulsores de esta ley. Actualmente es director de la Fundación Sanar Nutrición y activista por una alimentación saludable. Desde Vía País le consultamos sobre la implementación de la ley, a más de un año de su sanción.
Hay varios factores que impiden que podamos ver sellos en todos los productos que lo requieren. Por un lado, los tiempos de implementación. Empezó a ser obligatorio a partir de el 20 de agosto del 2022 el etiquetado frontal para las grandes empresas. A partir del 16 de febrero de este año, va a comenzar a ser obligatorio para las pequeñas y medianas empresas.
Pero, ¿qué sucede? Las grandes empresas tenían la posibilidad de pedir prórroga por productos, para atrasar la aparición de los sellos alegando alguna imposibilidad como “problemas para etiquetar”, “falta de insumos”, y esto iba a ser evaluado por la autoridad de aplicación, en este caso el Instituto Nacional de Alimentos.
A nosotros cuando nos convocan del Ministerio de Salud para hablar de la reglamentación nos comentaron que el motivo de otorgamiento de prórrogas iba a estar ligado a “la capacidad de reformulación” de los productos, para que cambien el diseño comestible y así para perder sellos, es decir, que mejoren la oferta alimentaria. Eso fue una promesa que se hizo a las organizaciones en la sociedad civil y se incumplió.
¿Qué sucedió en realidad? El Instituto Nacional de Alimentos no nos facilitó nunca el acceso a la información de qué productos obtuvieron prórrogas. Nos encontramos con facilidades para todas las empresas, por ejemplo, Coca Cola que tenía una línea de bebidas que se supone que tiene “prórroga” para retrasar el sello y así aprovechó para promocionar su producto en Gran Hermano.
Hicieron publicidad destinada a niñas, niñas y adolescentes entregándole de forma gratuita las bebidas en la vía pública afuera del Ministerio de Salud, hospitales pediátricos y escuelas públicas. Logró patrocinar la Navidad con su Papá Noel. Hizo todo lo que la ley prohíbe con la llamada “Coca Cola Sin Azúcares”.
Otro ejemplo está en PepsiCo con las papas fritas Lays que tenían la cara de Messi al momento del Mundial. La ley prohíbe la utilización de deportista en los etiquetados porque eso está dirigido a los niños. Esta marca todavía no mostró un sello y no sabemos por qué.

¿Cuándo ustedes preguntan los motivos de la prórroga, que respuesta tienen?
A nosotros tener el nombre y apellido del producto que tiene prórroga nos permitía, como canales de comunicación, alertar a la sociedad y decir ‘no, este producto sigue siendo un producto no recomendado’. Lo que estamos viviendo es una etapa de transición, donde hay productos que conviven algunos con sellos y otros sin. La información es muy importante para que nadie sea engañado.
La ley ponia plazos de cumplimiento para mostrar los sellos. Pero los productos no tienen la obligacion de poner la fecha de elaboracion, si la de vencimiento. Entonces no tenes forma de constatar si la empresa esta incumpliendo o no, porque no tenes forma de saber si el producto esta producido antes o después del 20 de agosto.
La capacidad de acopio y logística que tienen las empresas es otro eje. No es lo mismo para PepsiCo o Coca Cola que tienen fábricas enormes, que la capacidad de las empresa chica del interior de la Argentina. ¿Por qué apunto a esto? Porque todo lo que puedan producir hasta el 16 de febrero sin sellos y guardarlo, lo están haciendo.
Cuando pensamos en la ley, hablamos de frente del envase. A botella más grande, sello más grande. ¿Qué sucedió? Vimos empresas que hicieron sellos más chicos que las botellas, siempre es un 5% de la cara principal del envase. Pero lo hizo más chico que la cara principal de la etiqueta, que ya es más chica, tomaron eso como frente y lo hicieron menor que lo que está tipificado en la ley, muy bien detallado. Y para cerrar, encima ubicaron el octógono en la cara de atrás. Muy dificil de verlo.

Quién debería estar tomando el toro por las astas, es el Instituto Nacional de Alimentos. Deberían actuar pensando en la salud de la gente, no de las marcas.
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