Fue en la Cámara de Sentencia en lo criminal N°2, que, por el delito de: “Privación ilegítima de la libertad por ser cometida con violencia (hecho nominado primero) y desobediencia judicial (hecho nominado segundo), todo ello en concurso real y en calidad de autor”, fue condenado a dos años y un mes de prisión efectiva, un joven que ya se encontraba privado preventivamente de la libertad.
El hecho es que el imputado que reconoció el delito cometido, en el mes de febrero, privó de la libertad, con violencia, a su pareja e incumplió con órdenes judiciales.
El Tribunal estuvo integrado por los jueces Silvio Martoccia, Luis Guillamondegui y Miguel Lozano Gilyam. El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por el fiscal Augusto Barros y la defensa fue ejercida por el abogado del foro local, Juan Pablo Morales.
La fiscal de Instrucción Yésica Miranda estuvo a cargo de la investigación del caso.
El acusado tenía prohibido acercarse a la denunciante, comunicarse con ella, entrevistarse o tomar algún tipo de contacto, tanto con ella o a través de terceras personas.
En el debate, confesó los hechos. A la vez, pidió perdón. La denunciante estuvo en el debate asistida por una profesional de la Oficina de Asistencia a la Víctima del Poder Judicial. Al momento de contar su versión, minimizó los hechos.
El Fiscal Barros, consideró que el caso debía abordarse con perspectiva de género, mantuvo la acusación y pidió una pena de dos años y dos meses de prisión efectiva.
Se dispuso que dentro del Servicio Penitenciario realice un tratamiento para su problema de violencia y se giraron actuaciones a la Secretaría de Mujeres, Género y Diversidad, a los fines de un seguimiento interdisciplinario para la denunciante.
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