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La sorpresiva medida que podría dejar en libertad al "Pity" Álvarez

01/10/2022 | 

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El músico Christian "Pity" Álvarez, quien en febrero próximo será juzgado por matar a balazos a un vecino del barrio Samoré de Villa Lugano en julio de 2018, podría recuperar en los próximos días su libertad. Un fallo de la Cámara Nacional de Casación considera que la prisión domiciliaria que cumple mientras sigue su tratamiento psiquiátrico es una “medida cautelar excesiva”.

El fallo fue dictado por la Sala 2 del mencionado tribunal, con los votos por mayoría de los jueces Daniel Emilio Morín y Horacio Días, mientras que en minoría, el juez Eugenio Sarrabayrouse directamente opinó que Álvarez no estaba en condiciones de ser sometido a un juicio. Con la apelación que hizo el defensor oficial del exlíder de Viejas Locas e Intoxicados, Javier Marino, los jueces revisaron el proceso penal contra Álvarez.

Sobre la prisión domiciliaria con monitoreo electrónico que cumple Álvarez, el juez Morín sostuvo que “atento a las particularidades del caso”, dicha medida de coerción personal “no responde a parámetros de proporcionalidad, razonabilidad y gradualidad”. En tanto, opinó que “la reanudación del trámite y el inicio del debate se encuentra condicionado a las resultas de un nuevo dictamen médico en el cual se determinará la evolución del causante en el marco del tratamiento psicoterapéutico integral dispensado y, puntualmente, su aptitud para afrontar el debate”.

También tomaron en cuenta la particular situación del músico en cuanto a su tratamiento psiquiátrico, al apuntar que “los peritos intervinientes han sido contestes en indicar que Álvarez no puede valerse por sus propios medios y que, en tal orden, requiere de asistencia médica y/o familiar constante, lo que da cuenta de una red de contención continua que incide en el caso, que puede contribuir a neutralizar los peligros procesales apuntados”.

Por todo ello, los jueces de Casación resolvieron “anular parcialmente” la resolución apelada en lo atinente a la prisión domiciliaria de Álvarez y “remitir” las actuaciones al TOC 29 “a fin de que se dicte una nueva decisión ajustada a derecho, en punto a la atenuación de la medida de coerción personal dispuesta”. En tanto, a partir de este fallo el tribunal oral podría ordenar en las próximas horas revocar la prisión domiciliaria con monitoreo electrónico.



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