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Una resolución judicial, que no se encuentra firme, pero que generó polémica, impedirá a una nena de 12 años a acceder al proceso de adopción de su beba recién nacida, porque había solicitado acceder a la interrupción legal del embarazo (ILE) en la semana 35.
La jueza de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género de 4° Nominación de la ciudad de Córdoba, Mariana Wallace, consideró que el consentimiento informado brindado para la interrupción del embarazo constituyó “una causa de declaración judicial de adoptabilidad respecto de la niña/o que nace por la práctica”.
De esta forma, la jueza Wallace declaró la “adoptabilidad” de una beba que nació luego de que la niña de 12 años pidiera interrumpir el embarazo, lo que dio lugar al alumbramiento por lo avanzado de la gestación.
Según la magistrada, “la determinación de la ILE de la mujer,adulta o niña, es un punto sin retorno para el nacido, la gestante y los parientes de esta última”, remarcó Wallace. Se da lugar así a un nuevo supuesto de adoptabilidad no previsto en el artículo 607 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCCN), informó el Ministerio Público Fiscal de Córdoba.

En la resolución, la jueza dispuso que la gestante no fuera citada al proceso de adopción. Declaró que, en este caso, no resulta aplicable el artículo 608 inc. “b” del CCCN que determina “que en el procedimiento de adoptabilidad se requiere la intervención, con carácter de parte, de los padres u otros representantes legales del niño, niña o adolescentes”.
Según valoró en su resolución judicial, el consentimiento informado para el acceso a “una interrupción de embarazo habla por sí mismo de la determinación de la gestante a no asumir los cuidados de quien, eventualmente, sobreviva a la interrupción de la gestación”.
En la resolución, se explicó que el consentimiento informado, en este caso, fue firmado por la menor gestante y su progenitora como representante legal. Ante un escenario de dos personas -madre e hija- que se encuentran en condiciones de vulnerabilidad, Wallace realizó una valoración entre las instituciones de género (acceder a una ILE) y de niñez (promoción y protección de derechos de la niña gestante y de la niña nacida) con el fin de no priorizar uno por sobre otro.
Asimismo, valoró negativamente que la recién nacida sea resguardada en una familia transitoria y ordenó el egreso del hospital directamente con quienes se escogieron del Registro Único de Adoptantes, “con el objetivo de evitar una mutación de cuidados y afectación al apego”.
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