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Medidas dispuestas desde Educación ante las bajas temperaturas

29/06/2025 | 

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Número:

Referencia: CIRCULAR DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA ANTE LAS

BAJAS TEMPERATURAS.

A: Flavia Vanesa Chasampi (DPEI#MECYT), Mónica Gladys Espeche (DPEP#ME), Andrea María Silvina

Perea (DESE#MECYT), Andrea Julieta Fuente (DME#MECYT), Matías Andrés Cabrera

(DPETAYFP#MECYT), Pablo Javier Figueroa (DPEPM#MECYT),

Con Copia A: Nicolas Rosales Matienzo (MECYT),

 

 

De mi mayor consideración:

Ante las bajas temperaturas y en consonancia con las medidas de Salud y de Defensa Civil, el

Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología efectúa las siguientes recomendaciones a las

autoridades directivas de los Establecimientos Educativos de Gestión Pública Estatal, a los fines de

procurar el bienestar y la salud de los estudiantes y la comunidad educativa en general:

 

 

1. Dispensar a los alumnos de la formación correspondiente al izamiento y arriamiento de la

Enseña Patria cuando la misma tenga lugar en un espacio al aire libre.

2. Autorizar a portar el uniforme de invierno de gimnasia, y abrigos como camperas, buzos,

guantes, gorros, y otras prendas para el frío.

3. Promover la permanencia en el aula durante el recreo en caso de no contar con patios cerrados

o salones, pudiendo los estudiantes hacer uso de las instalaciones sanitarias, concurrir a

quioscos escolares, así como también, desarrollar actividades recreativas o de esparcimiento,

dentro del aula, mientras dure el receso.

4. Optar preferentemente por el dictado de clases teóricas de Educación Física cuando por las

bajas temperaturas así resulte aconsejable, de igual manera, reducir en lo máximo posible las

actividades al aire libre, o bien, de permitirlo las instalaciones, relocalizarlas a espacios

cerrados.

5. En sintonía con los lineamientos de las autoridades de Salud, recordar a los estudiantes la

adopción de cuidados tales como el lavado constante de manos con agua y jabón, el empleo de

alcohol en gel, cubrir la boca o nariz al momento de toser o estornudar utilizando un pañuelo

desechable o el pliegue del codo.

6. Se solicita a los docentes estar atentos ante la presencia de síntomas gripales, afecciones

respiratorias, u otras, por parte de los estudiantes, a los fines de que las autoridades de la

institución contacten a los padres o responsables del o la menor para que les procuren las

atenciones o cuidados médicos que sean necesarios.

7. Ventilar, a la conclusión de las actividades, las aulas y demás ambientes cerrados.

8. Ante temperaturas extremadamente bajas o posibles nevadas, sobre todo en el interior

provincial, las autoridades del establecimiento podrán – de manera estrictamente excepcional-

 sustituir, mientras dure la inclemencia climática, las clases presenciales por clases virtuales,

utilizando plataformas digitales oficiales tales como Classroom, Zoom o Meet, y cartillas de

actividades para quienes no posean adecuada conectividad. Será exclusiva responsabilidad de

los directivos de la institución constatar el efectivo dictado de clases, la continuidad

pedagógica de los educandos y el empleo de plataformas tecnológicas con los alumnos

únicamente con fines educativos.

9. Para el supuesto del inc. 8), las autoridades del establecimiento deberán, sin excepción y por la

vía jerárquica correspondiente, poner en conocimiento de la respectiva Dirección de Nivel, la

adopción de la mentada medida, pudiendo estas últimas efectuar observaciones, sugerencias y

demás recomendaciones que, por las circunstancias del caso concreto, estimen corresponder.

Asimismo, por los fines expuestos, se aconseja a los Establecimientos Educativos de Gestión

Privada, adoptar medidas coincidentes a las que anteceden.

Tomen conocimiento de la presente Circular las Direcciones de Nivel del Ministerio de Educación,

Ciencia y Tecnología y, por medio de los canales oficiales de comunicación, dese a conocer a las

distintas autoridades del Sistema Educativo Provincial.

Sin otro particular saluda atte.



 
 
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