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El Juzgado Federal Nº 2 de Catamarca resolvió extender a todo el país la medida cautelar dictada en septiembre de 2025, en el marco del amparo colectivo presentado por la suspensión masiva de pensiones no contributivas por invalidez laboral dispuesta por la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS).
El fallo judicial, emitido el pasado 17 de octubre, estableció que el organismo debía restablecer en un plazo de 24 horas todas las pensiones suspendidas, abonar los haberes retenidos y abstenerse de realizar nuevas auditorías o suspensiones hasta tanto exista una sentencia definitiva.
Qué dispone la resolución oficial
La resolución firmada por Vilches ordena en su Artículo 1° dejar sin efecto las suspensiones, reanudar los pagos y cumplir con lo dispuesto por el Juzgado Federal. A su vez, el Artículo 3° instruye a la Dirección de Asignación de Apoyos Económicos y Liquidación a no iniciar ni continuar auditorías mientras permanezca vigente la medida judicial.
Además, el texto oficial establece que la ANSES deberá reactivar los pagos, se notifique a las personas beneficiarias y se cubra el gasto con las partidas presupuestarias disponibles.
La medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto 698/2017, que creó la ANDIS, y el Decreto 601/2025, que dispuso la intervención del organismo por 180 días y designó a Vilches como interventor.
El amparo colectivo que derivó en esta decisión fue impulsado por la Asociación Azul, ACIJ, el CELS y personas afectadas, con el patrocinio de la Clínica Jurídica en Discapacidad y Derechos Humanos de la Universidad Nacional de La Plata.
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