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El Gobierno dispuso los criterios para emitir el Certificado Único de Discapacidad sin vencimientos: los requisitos

13/08/2024 | 

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El gobierno de Javier Milei fijó los criterios para la emisión del Certificado Único de Discapacidad (CUD) sin vencimiento. La decisión quedó reflejada en en la Resolución 1654/2024 publicada este martes en el Boletín Oficial.


Los cambios que aplicarán en el Certificado Único de Discapacidad (CUD)

 

Según el texto oficial, el Decreto N° 534/2023 aprueba la reglamentación de la Ley N° 27.711, la cual instituye que el CUD se expedirá sin sujeción a plazo temporal alguno, determinándose instancias de actualización durante todo el curso de vida de la persona con discapacidad, manteniendo plena vigencia y validez mientras que los criterios certificantes se mantengan, de conformidad con los lineamientos y condiciones establecidos por la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS).


En tal sentido, las autoridades manifestaron que “se podrá solicitar la actualización del Certificado Único de Discapacidad (CUD) cuando se produzca un cambio en el perfil de funcionamiento de la persona con discapacidad que impida su participación plena y efectiva en la sociedad en igualdad de condiciones con las demás”.


Por otra parte, sostuvieron que para garantizar que las personas con discapacidad tengan pleno acceso a sus derechos, “es fundamental simplificar y desburocratizar los trámites, proporcionando transparencia en los procedimientos de certificación, y asegurando el acompañamiento permanente del Estado, incluyendo la actualización sistemática de datos de personas certificadas, para un seguimiento continuo y adecuado de sus necesidades y sus derechos”.

 

Certificado Único de Discapacidad (CUD): cuáles son los nuevos criterios


Renovaciones previas: personas que al momento de la evaluación tengan emitidos previamente dos (2) certificados de discapacidad, cuyo perfil de funcionamiento e impacto en la vida cotidiana se mantenga constante a lo largo del tiempo, haciendo hincapié en el calificador de capacidad del componente Actividad y Participación (CIF).

Persona mayor: personas que al momento de la evaluación tengan más de 60 años y mantengan sus estructuras y funciones corporales en condiciones constantes durante al menos 5 años.

Necesidad de equipamiento permanente: personas que al momento de la evaluación requieran de equipamiento y/o dispositivos de uso permanente para preservar las funciones vitales.

“En los casos mencionados se podrá solicitar la actualización del Certificado Único de Discapacidad (CUD) cuando se produzca un cambio en el perfil de funcionamiento de la persona con discapacidad que impida su participación plena y efectiva en la sociedad en igualdad de condiciones con las demás”, aseguraron desde la administración libertaria.



 
 
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