Argentina
La Justicia Federal falló a favor de una medida cautelar y obligó al Santatorio Otamendi a suministrarle dióxido de cloro intravenoso e ibuprofeno inhalado a un paciente que está internado en grave estado con coronavirus. La institución apeló el fallo.
Luego de que la Sociedad Argentina de Infectología (SADI) y la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) alerten sobre la peligrosidad que conlleva consumir esta sustancia, el juez federal subrogante Javier Pico Terrero dispuso que se le administre al paciente Oscar Jorge García Rúa, según publicó el diario Perfil.
El jueves 7 de enero, el hijastro del hombre, José María Lorenzo, realizó una presentación judicial para que el marido de su madre, quien había fallecido el día anterior por la misma enfermedad, recibiera en carácter urgente la administración de nebulizaciones de ibuprofeno de sodio y de dióxido de cloro, terapia que fue recetada por el neurocirujano del paciente, Dante Converti (MN: 50.660).
El juez Federal subrogante hizo lugar a la solicitud de la familia del paciente al considerar que "la cobertura de los tratamientos indicados no ocasionaría un grave perjuicio para la demandada, pero evita, en cambio, el agravamiento de las condiciones de vida de la actora", y dictaminó que el sanatorio porteño deberá "garantizar la implementación de los tratamientos prescriptos por su médico tratante". Ante esto, la institución de salud apeló la medida cautelar.
El polémico fallo encendió las alarmas de toda la comunidad médica porque podría sentar jurisprudencia para recetar tratamientos que no están autorizados, no sólo en el caso de esta sustancia tóxica en particular, sino para otras de igual peligrosidad. "Es una decisión aberrante", coincidieron expertos en bioética.
El presidente de la SADI, Omar Sued, en diálogo con el mismo medio manifestó: "Que un juez decida que un médico tiene que aplicar una sustancia para la cual no hay ninguna evidencia científica es realmente preocupante, sobre todo cuando es en forma endovenosa. No es decisión de un magistrado administrar una medicación que no conoce en un paciente, no es su rol".
Sued, además, puso la lupa en otro hecho alarmante que es que haya profesionales que lo prescriben como tratamiento: "El Ministerio de Salud debería evaluar cuál es la legitimidad que tiene un médico para recomendar terapia que la misma ANMAT alerta su riesgo de toxicidad".
Mientas se trata la apelación presentada, el Sanatorio Otamendi administró al paciente, aclarando que no fue bajo su responsabilidad, ibuprofeno inhalado una terapia que no está autorizada como tratamiento para el coronavirus ya que no se comprobó su eficacia; y el dióxido de cloro, sustancia que tiene comprobada su toxicidad y en el país se registraron muertes sobre todo en menores.
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