Salud
A través de dos publicaciones en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) informó la prohibición de la comercialización de un tipo de té y de un pan de miga, tras haber constatado irregularidades en la producción de ambos alimentos, de diferentes marcas.
De acuerdo a lo publicado en el documento oficial, la ANMAT detalló que se trata del té matcha, que es té verde molido, que pertenece a la marca “ReviveTéMatcha”. En el caso del pan de miga, se trata del producto que elabora la Panificadora Migaplat.
Según lo que informa el Boletín Oficial, en la disposición 6152/2022, se realizó la denuncia sobre el producto ReviveTéMatcha que fue recibida en el Departamento de Vigilancia Alimentaria del Instituto Nacional de Alimentos (INAL). El té verde molido rotulado con esta marca, proviene de china, pero no contaría con los requerimientos necesarios para su comercialización, por lo que se prohibió la distribución y la venta, en todo el país.
Asimismo, la ANMAT hizo pública la disposición 6153/2022, se prohíbe la distribución y la comercialización “en todo el territorio argentino” del producto “pan sándwich tipo inglés cortado en rebanadas finas - pan de miga, que es elaborado en la panificadora Migaplat”. Que tiene como ciudad de elaboración registrada en “La Plata Fabricación y Distribución: Joaquín Compagnucci, Libre de grasas y colesterol R.N.E: 01000924, R.N.P.A: 01021596″.
Según lo consignado en el documento oficial, el pan de miga “se encuentra en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y los artículos 6 bis, 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA), por ser un producto falsamente rotulado que utiliza registros dados de baja y por carecer de registros sanitarios resultando ser un producto ilegal”, confirmó ANMAT en el Boletín.
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