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Catamarca

La Provincia habilitó el ingreso sin restricciones a Catamarca

09/09/2021 | 

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La medida se fundamenta en que la situación epidemiológica “se encuentra estable o en descenso en la mayoría de las jurisdicciones". Además el decreto marca que el Plan Operativo de Vacunación "alcanzó altas coberturas con al menos una dosis en la población".

El Ejecutivo provincial decidió dejar sin efecto el requisito que indicaba que para ingresar a la provincia se debía contar con una autorización.

La medida fue anunciada mediante decreto n° 1828 y lleva la firma del primer mandatario provincial, Lic. Raúl Jalil.

Con esta disposición se deja de lado lo previamente establecido por el artículo n° 11 del decreto n° 1251 del pasado 01 de Julio de este año.

 Allí se establecía que todas las personas que ingresaban al territorio de la Provincia debían contar con la autorización emitida por el Ministerio de Seguridad, la que se tramitaba a través de la página oficial https://ingreso.catamarca.gob.ar.

La medida, según lo indicado por la norma que tiene fecha de hoy, se fundamenta en que la situación epidemiológica “se encuentra estable o en descenso en la mayoría de las jurisdicciones y el proceso de vacunación alcanzó altas coberturas con al menos una dosis en la población, logrando retrasar la circulación predominante con la variante Delta permitiendo aumentar las coberturas de esquemas completos, lo que constituye una ventaja que auspicia una expectativa de posible disminución de la tasa de mortalidad”.

En este sentido el decreto refiere que hasta ayer se han aplicado 410.30 vacunas en la provincia, lo que corresponde a 290.354 personas.

Todo esto llevó a que la Provincia adecue la normativa vigente y revise las medidas implementadas en relación al ingreso de personas a Catamarca.

Según la normativa, “resulta importante tener presente que las modificaciones que se autorizan son el resultado de las medidas adoptadas oportunamente, las cuales siempre son proporcionadas a la amenaza que se enfrenta, en forma sectorizada, razonable y temporaria”. 



 
 
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