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Salud

ANMAT prohibió la venta de dos marcas de miel y de seis suplementos dietarios por considerarlos “productos ilegales”

24/10/2023 | 

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 En las ultimas horas se conoció que la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración y venta de dos marcas de miel y también de varios suplementos dietarios por considerarlos.


Esto fue anunciado a través de las disposiciones 8806/2023 y 8807/2023, publicadas en la última edición del Boletín Oficial y obviamente que llevaron la firma del titular de la ANMAT, Manuel Limeres.


Según especificó el organismo, se inhabilitó la comercialización de las mieles de abeja marca El Zapallar y El niño de cobre ex El Zapallar, ambas con la leyenda “De la colmena directo a tu mesa, Chaco, Argentina”.


La ANMAT infirmó que el titular del comercio donde fueron secuestrados los productos habia revelado que los adquirió en el establecimiento Apícola “Don Ramiro” de Alvaro Ramiro Wainer de la ciudad chaqueña de José de San Martín, y aportó un remito emitido por el proveedor.

Pero desde el Área de Bromatología de la Municipalidad de General San Martin anunciaron que se inspeccionó ese lugar y no se pudo constatar la existencia de los productos investigados, ni indicios de fraccionamiento de miel.


Finalmente, Alvaro Ramiro Wainer reconoció que esas mieles que comercializaba, eran envasadas en su domicilio. Entonces, carecía de autorización y registros de establecimiento y producto, por lo que esas las mieles fueron retiradas del mercado.


Prohibición de suplementos dietarios

La ANMAT en la resolución prohibió la comercialización de varios suplementos dietarios. En este caso, la investigación comenzó a raíz de una consulta proveniente del Colegio de Farmacéuticos de la provincia de Buenos Aires, que analizó las bases de información y no se hallaron antecedentes de ingresos y registros de los productos investigados.


“Por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio argentino”, se detalla.



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