Catamarca Ya

Cuánta plata puedo transferir por Mercado Pago sin tener problemas con la AFIP

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) cambió los montos mínimos a partir de los cuales billeteras virtuales y bancos deberán informar los movimientos de todos sus clientes.


Desde el 1° de mayo, los Proveedores de Servicios de Pago (PSP), conocidos como billeteras virtuales, deberán informar las sumas en el caso de que los ingresos o egresos totales en el mes igualen o superen los $120.000, en lugar de los $30.000 anteriores.



Billeteras virtuales: qué operaciones no tendrán que informar ante la AFIP


Las billeteras virtuales y los bancos no tendrán que informarle a la AFIP las operaciones que se efectúen a partir del 1° de mayo si cumplen las siguientes condiciones:


- Los ingresos y egresos en las cuentas no igualen o superen los $120.000;


- Los saldos finales mensuales que sean inferiores a los $200.000;


- Las transferencias virtuales que no sean superiores a $400.000. 

URL NOTA: http://www.catamarcaya.com.ar/2012/index.php?modulo=notas&accion=ver&id=67366