Catamarca Ya

Ahora: El IPV ordena desadjudicar una vivienda

 El pasado sábado dialogamos con la familia de la Sra. Martínez Blanca que se encuentra viviendo en el domicilio ubicado en barrio 48 viviendas de la Ciudad de Recreo.


“Las personas que habitan el domicilio manifiestan que ellos nunca se quisieron quedar con la vivienda, pero esta campaña de desprestigio los obligó a aceptar la vivienda que el IPV les ofrece, queríamos buscar un alquiler y dejar el inmueble, pedimos un mes y nos lo negaron, nadie en Recreo nos quiere alquilar, es por eso que aceptamos la vivienda.

El IPV nos dijo que no abonemos más el alquiler, lo pagamos hasta agosto 2022.

En mi poder tengo la documentación que me entrego el IPV y que también se encuentra en Fiscalía". Queremos que la sociedad también conozca nuestra versión". Y pedimos por favor que terminen las agresiones para nuestra familia.


Parte de la notificación del IPV.


El Departamento Control de Adjudicatarios y Viviendas, mediante visita realizada a la unidad habitacional en cuestión, para notificar y entregar copia de la resolución N°

1466/2, a la Sra. Villalta, se encuentra con que la unidad habitacional está ocupada por otro grupo familiar distinto al de la adjudicataria, la casa está habitada por la Sra. Martinez Blanca, quien manifiesta que la Sra. Villalta no habita la unidad y que reside en otra provincia y que le dejo a cargo el cuidado de la casa, abonando en concepto de alquiler de la casa la suma de ocho mil pesos.

El Departamento Jurídico y Notarial no encuentra impedimentos para proceder a

desadjudicar la casa N°34, Barrio 48 viviendas, Localidad Recreo, Departamento La Paz, Licitación Publica N° 08/95, a la Sra. Villalta Griselda Teresa, mediante Dictamen N° 0443/22.

Por ello y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 4084.


EL ADMINISTRADOR DEL INSTITUTO PROVINCIAL DE LA VIVIENDA

RESUELVE:


ARTICULO 1°.- DESADJUDICAR la casa

Departamento La Paz, Licitación Pública N° 08/95, afectada a favor de la Sra. Villalta, Griselda Teresa, por incumplimiento a sus obligaciones y deberes como adjudicataria. Fuente: El Lapaceño 

 

URL NOTA: http://www.catamarcaya.com.ar/2012/index.php?modulo=notas&accion=ver&id=40272