La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) comienza estas semanas con el calendario de pagos de mayo para los beneficiarios de las Asignaciones de Pago Único que se comienzan a pagar a partir de hoy 8 de mayo, con una asistencia que brinda $40.000 a trabajadores en blanco y otros grupos que cumplan con las condiciones.
El organismo previsional también dará inicio a las fechas de cobro para los trabajadores que perciban la Asignación Familiar por Hijo (SUAF). A su vez, se confirmó que esta prestación recibirá un aumento y cuando se recibirá.
La entidad administrativa mantiene a disposición las asignaciones de pago único para quienes tuvieron un hijo/a recientemente, adoptaron o se casaron. Esta prestación tiene distintos montos, según sea la situación del solicitante:
Matrimonio: con Ingreso del Grupo Familiar (IGF) hasta $316.731, paga $20.011 a cada uno, en total $40.022.
Nacimiento: con IGF hasta $316.731, paga $13.363.
Adopción: con IGF hasta $ 316.73, paga $79.918.
Cómo hacer el trámite para las asignaciones
Desde Mi Anses se puede comenzar a realizar el trámite para recibir la asignación por matrimonio y de ese modo cobrar los $40.000. Esta alternativa la pueden solicitar:
Trabajadoras/es registrados (que cobren SUAF)
Titulares de la Prestación por Desempleo
Personas que cobren a través de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART).
Trabajadoras/es de temporada.
Titulares de la pensión honorífica de Veteranas/os de Guerra del Atlántico Sur.
Requisitos para la Asignación por Matrimonio
DNI.
Partida o acta de matrimonio.
Tener actualizados los datos personales y los vínculos familiares en ANSES.
Los ingresos del grupo familiar no deben superar los topes máximos vigentes.
Asignación por matrimonio de ANSES: cómo inscribirse
La inscripción para las Asignaciones de Pago Único (APU) de ANSES, se puede realizar de la siguiente manera:
Si el solicitante cuenta con la documentación necesaria y los datos actualizados, deberá ingresar en "Atención Virtual"
Luego deberá seleccionar la opción Pago Único por matrimonio, nacimiento o adopción y seguir los pasos indicados.
La solicitud se puede realizar desde los dos meses y hasta los dos años de celebrado el matrimonio.
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