24/02/2026 |
Comunicado Oficial
Ante manifestaciones públicas difundidas en distintos medios de comunicación vinculadas a una eventual reducción de horarios en el servicio de transporte público de pasajeros, la Secretaría de Transporte de la Provincia de Catamarca informa lo siguiente:
1ï¸- Sobre las compensaciones y transferencias al sistema
Durante el Ejercicio 2025, el Estado Provincial sostuvo financieramente el sistema de transporte público de pasajeros mediante transferencias mensuales en concepto de Subsidio Provincial (subsidio a la oferta) y Boleto Estudiantil Gratuito (subsidio a la demanda), conforme lo autorizado por el Gobierno Provincial con partidas debidamente ejecutadas del presupuesto provincial.
Subsidio Provincial al Transporte Público – Ejercicio 2025
· Enero: $ 539.861.438,71
· Febrero: $ 563.886.985,02
· Marzo: $ 503.448.320,41
· Abril: $ 559.311.716,70
· Mayo: $ 574.068.389,66
· Junio: $ 563.182.243,26
· Julio: $ 622.113.501,13
· Agosto: $ 611.755.368,09
· Septiembre: $ 613.143.273,67
· Octubre: $ 674.701.270,65
· Noviembre: $ 714.572.930,60
· Diciembre: $ 691.479.250,65
Total Subsidio Provincial 2025: $ 7.231.524.688,55
Boleto Estudiantil Gratuito (BEG) – Valle Central – Ejercicio 2025
· Marzo: $ 198.611.824,71
· Abril: $ 311.723.595,01
· Mayo: $ 397.064.619,77
· Junio: $ 357.277.881,93
· Julio: $ 157.274.142,20
· Agosto: $ 353.123.763,25
· Septiembre: $ 431.597.427,10
· Octubre: $ 424.080.957,60
· Noviembre: $ 339.602.501,30
· Diciembre: $ 164.728.642,50
-Total BEG 2025: $ 3.135.085.355,37
-Total transferido al sistema de transporte en 2025
$ 10.366.610.043,92
En consecuencia, no se registran períodos de “tres o cuatro meses” adeudados en el pago de subsidios provinciales ni del Boleto Estudiantil Gratuito, por lo que afirmaciones en tal sentido no se corresponden con la realidad administrativa y presupuestaria.
2ï¸- Sobre la reducción de horarios anunciada
El servicio público de transporte en la Provincia se encuentra regulado por la Ley Provincial N° 4906, que establece el carácter esencial del servicio y los principios de:
· Continuidad
· Uniformidad
· Regularidad
· Generalidad
· Obligatoriedad
El artículo 6° de la mencionada norma dispone que los servicios públicos de transporte deben satisfacer de manera permanente las necesidades generales de movilidad de la población.
En este marco normativo:
Cualquier modificación en horarios o frecuencias requiere autorización expresa de la Autoridad de Aplicación.
Las empresas concesionarias no pueden disponer reducciones unilaterales que afecten la prestación del servicio. La Secretaría de Transporte no ha autorizado reducción horaria alguna.
En caso de incumplimiento de las obligaciones contractuales y legales por parte de las prestadoras, esta Secretaría se encuentra facultada, conforme al artículo 35° de la Ley 4906, a aplicar las sanciones correspondientes, que incluyen:
· Llamado de atención
· Multa
· Secuestro
· Suspensión
· Caducidad
· Inhabilitación
Asimismo, podrá adoptar medidas de urgencia destinadas a asegurar la continuidad y regularidad del servicio público.
3ï¸- Instancia de diálogo y análisis técnico
Sin perjuicio de lo expuesto, la Secretaría ha convocado a las empresas a una mesa técnica de trabajo a fin de analizar la estructura de costos y las variables económicas del sistema, en un marco de responsabilidad fiscal y sostenibilidad, reconociendo que se ha observado una disminución significativa en la demanda.
El análisis se desarrollará con criterio técnico, transparencia y apego a la normativa vigente, priorizando el sostenimiento del servicio, el interés general y la protección de los usuarios.
Compromiso institucional
El Estado Provincial reafirma su compromiso con:
· La continuidad del servicio público.
· La protección del derecho de los usuarios.
· La transparencia en la ejecución de los recursos públicos.
· La responsabilidad institucional en la toma de decisiones.
La movilidad de los catamarqueños constituye un servicio esencial que debe garantizarse con previsibilidad, responsabilidad y apego a la ley.
Secretaría de Transporte
Ministerio de Integración Regional, Logística y Transporte
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